El Gobierno agiliza las exportaciones de hidrocarburos y elimina trámites previos
, 26 de Julio de 2026
El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Energía, aprobó un nuevo procedimiento para las exportaciones de hidrocarburos líquidos y sus derivados. La medida busca simplificar las gestiones, reducir la carga administrativa y brindar mayor previsibilidad a las empresas del sector energético.
El cambio fue formalizado mediante la Resolución 166/2026, que crea el Registro de Operaciones de Exportación y concentra en un único marco normativo las disposiciones que hasta ahora se encontraban distribuidas en diferentes resoluciones, algunas con más de 30 años de vigencia.
El nuevo régimen centraliza las notificaciones de las operaciones, las eventuales objeciones de la autoridad y las constancias de libre exportación. De esta manera, busca evitar superposiciones regulatorias y agilizar los procedimientos vinculados al comercio exterior de hidrocarburos.
Uno de los principales cambios es la eliminación de la obligación de publicar previamente una oferta de venta en el mercado interno antes de poder exportar. Bajo el esquema anterior, las compañías debían ofrecer primero el producto en el país y acreditar que no existían compradores locales interesados.
A partir de ahora, las empresas solo deberán notificar la operación a la Secretaría de Energía. El organismo podrá formular objeciones únicamente cuando existan razones relacionadas con la necesidad de garantizar el abastecimiento del mercado interno.
La autoridad tendrá un plazo de siete o 30 días hábiles, según el producto involucrado, para pronunciarse sobre la operación informada. Si el período correspondiente vence sin observaciones, la exportación quedará automáticamente habilitada mediante el mecanismo denominado “silencio positivo”.
El nuevo procedimiento alcanza al petróleo crudo y a distintos productos derivados, entre ellos gasolinas, gasoil, propano, butano y Gas Licuado de Petróleo (GLP).
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, sostuvo que la modificación representa un cambio importante frente al sistema anterior. Explicó que antes era necesario solicitar una autorización previa y demostrar que ningún comprador argentino estaba interesado en adquirir el producto que se pretendía exportar.
Según el funcionario, la Ley Bases modificó esa lógica y la Resolución 166/2026 completa ese proceso al eliminar la oferta obligatoria y sustituirla por una notificación sujeta al silencio positivo. El objetivo oficial es reducir obstáculos para promover las exportaciones, las inversiones y el crecimiento económico.
La resolución también deja sin efecto tres normas que imponían procedimientos considerados obsoletos, incluida la obligación de ofrecer previamente los hidrocarburos en el mercado interno.
Además, se elimina el antiguo Registro de Contratos de Operaciones de Exportación, creado en 2002, y se suprimen pedidos de información que actualmente ya son cubiertos por otros organismos estatales, como la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
Desde el Gobierno indicaron que la actualización apunta a consolidar un marco regulatorio más simple, transparente y eficiente para la industria energética. Al mismo tiempo, la Secretaría de Energía conservará la posibilidad de intervenir cuando resulte necesario proteger el abastecimiento interno.


